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Antiguo 13-Jul-2010, 01:53
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Marinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles GainesMarinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles GainesMarinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles GainesMarinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles GainesMarinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles GainesMarinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles GainesMarinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles GainesMarinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles GainesMarinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles GainesMarinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles GainesMarinner Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gaines
Angry paintball no brasil esta praticamente proibido

primero disculpe mi español!!jajaja

para jugarse paintball en el Brasil tiene que quitarse porte de arma y formar parte de club de tiro.

o exercito brasileiro controla o paintball é muita sacanagem

una persona puede ser prendida por porte ilegal de arma se sea coge con una arma de paintball sin registro y nao tener documento de atirador.


segue a lei brasileira sobre armas logo abaixo

__________________________________________________ ______________

Atención especial a los artículos 13, 15, 16, 18 y 20.

PORTARÍA Nº 02-COLOG, DE 26 DE FEBRERO DE 2010.

Reglamenta el art. 26 de la Ley nº 10.826/03 y el art.

50, IV, del Decreto nº 5.123/04 sobre réplicas y

simulacros de arma de fuego y armas de presión, y da

otras providencias.

Lo

COMANDANTE LOGÍSTICO, en el uso de las atribuições constantes del inciso IX del art.
14 de la Normativa del Mando Logístico ( R-128 ), aprobado pela Portaría nº 991-Cmt Ex, de 11 de

diciembre de 2009, y de la delegación de cualificación constante de la alínea “g”, del inciso VII, del art. 1º, de la

Portaría 727-Cmt Ex, de 8 de octubre de 2007; por propuesta de la Dirección de Fiscalização de Productos

Controlados, resuelve:

Art. 1º Aprobar las normas reguladoras de la fabricación, de la venta, de la comercialização, de la

importación, de la exportación, del tráfico y de la utilización de réplicas y simulacros de arma de fuego y de armas

de presión.

Art. 2º Revocar a Portaría nº 006-D Log, de 29 de noviembre de 2007.

Art. 3º Establecer que esta Portaría entre en vigor en la fecha de su publicación.

NORMAS REGULADORAS DE La FABRICACIÓN, DE La VENTA, DE La COMERCIALIZAÇÃO, DE La

IMPORTACIÓN, DE La EXPORTACIÓN, DEL TRÁFICO Y DE La UTILIZACIÓN DE RÉPLICAS Y

SIMULACROS DE ARMA DE FUEGO Y DE ARMAS DE PRESIÓN

ÍNDICE

CAPÍTULO

ASUNTO ARTÍCULO
I

DE Las DISPOSICIONES INICIALES 1º
II DE Las RÉPLICAS Y DE Los SIMULACROS 3º al 7º

III

DE Las ARMAS DE PRESIÓN 8º al 18
IV

DE Las DISPOSICIONES FINALES 19 al 20
CAPÍTULO I

De las disposiciones iniciales

Sección I

De la finalidad

Art. 1º Estas normas tienen por finalidad regular:

I – las condiciones para la fabricación, importación, comercio, tráfico y utilización de réplica y

simulacro de arma de fuego, para las actividades de instrucción, adestramento o colecionamento de usuario

autorizado, conforme establece el párrafo único del art. 26 de la Ley nº 10.826, de 22 de diciembre de

2003;

II – las condiciones para la fabricación, importación, exportación, comercio, tráfico y utilización

de armas de presión por acción de gas comprimido y de armas de presión por acción de mola de uso restricto,

conforme establece el art. 24 de la Ley nº 10.826, de 22 de diciembre de 2003 y el Decreto nº 3.665/00; y

III – las condiciones para la fabricación, importación, exportación y tráfico de armas de presión

por acción de mola, de uso permitido, conforme establece el art. 24 de la Ley nº 10.826, de 22 de diciembre

de 2003 y el Decreto nº 3.665/00.

Boletín del Ejército nº 10, de 12 de marzo de 2010. - 39

Sección II

De las definiciones

Art. 2º Para aplicación de estas normas son establecidas las siguientes definiciones:

I –

réplica o simulacro de arma de fuego: para fines del dispuesto en el art. 26 de la Ley
10.826/03 es un objeto que visualmente puede ser confundido con una arma de fuego, pero que no posee

aptitud para la realización de tiro de cualquier naturaleza; y

II –

arma de presión: arma cuyo principio de funcionamiento implica en el empleo de gases
comprimidos para impulsão del projétil, los cuales pueden estar previamente almacenados en uno

reservatório o ser producidos por acción de un mecanismo, tal como un êmbolo solidário a una mola.

Párrafo único. Enquadram-si en la definición de armas de presión, para los efectos de esta

Portaría, los lançadores de projéteis de plástico macizos

(airsoft) y los lançadores de projéteis de plástico
con tinta en su interior

(paintball).
CAPÍTULO II

De las réplicas y de los simulacros

Sección I

De la fabricación

Art. 3º La fabricación de réplica o simulacro de arma de fuego, para los fines del párrafo

único del art. 26 de la Ley nº 10.826/03, queda condicionada a la autorización del Mando del Ejército, nos

hayamos del art. 42 de la Normativa para la Fiscalização de Productos Controlados (R-105), aprobado pelo

Decreto nº 3.665, de 20 de noviembre de 2000.

Art. 4º Queda dispensada la evaluación técnica de réplica o simulacro, debiendo ser anexionada,

al requerimento de solicitud para apostilamento, la descripción de las características técnicas del producto.

Sección II

Del comercio

Art. 5º La adquisición de réplica o simulacro de arma de fuego solamente será permitida

directamente del fabricante nacional o por importación para fines de instrucción, adestramento o

colecionamento de usuario registrado o autorizado por el Ejército, mediante autorización previa de la DFPC.

§ 1º La solicitud de adquisición debe identificar el producto deseado de forma inequívoca y

especificar las actividades que serán desarrolladas con la réplica o simulacro.

§ 2º El adquirente de réplica o simulacro de arma de fuego deberá mantener la guardia

permanente de documento que compruebe el origen lícito del producto, bajo pena de su apreensão, nos

hayamos de la R-105.

§ 3º El fabricante o el importador deberá mantener, en archivo permanente, a la disposición de la

fiscalização militar, los siguientes datos del producto y del adquirente de réplica o simulacro de arma de

fuego:

I – datos del producto: descripción, modelo (cuando disponible), fabricante, país de origen,

documento del Ejército que autorizó la adquisición y nº y fecha del Certificado Internacional de Importación

– CII para los productos importados.

II – datos del adquirente: nombre, dirección, copia del CPF o CNPJ y nº del registro

(Certificado de Registro – CR o Título de Registro – TR).

Art. 6º La transferencia de propiedad de réplica o simulacro está sujeta al análisis y

autorización de la DFPC.

40 - Boletín del Ejército nº 10, de 12 de marzo de 2010.

Sección III

Del tráfico

Art. 7º La circulación de réplica o simulacro está sujeta a la autorización del Ejército,

mediante expedición de guía de tráfico.

CAPÍTULO III

De las armas de presión

Sección I

De la fabricación y de la exportación

Art. 8º La fabricación y la exportación de armas de presión por acción de gas comprimido o

por acción de mola, quedan condicionadas a la autorización del Ejército, en los términos de la R-105.

Sección II

Del comercio

Art. 9º La adquisición de arma de presión, de uso permitido o restricto, ocurrirá mediante las

condiciones establecidas en la R-105 y legislación complementaria en el que se refiere al comercio de productos

controlados.

§ 1º Las armas de presión por acción de gas comprimido, de uso permitido o restricto, bien

como las armas de presión por acción de mola de uso restricto, solamente podrán ser adquiridas por personas

naturales o jurídicas registradas en el Ejército.

§ 2º La adquisición en la industria será autorizada por la DFPC, mediante requerimento

encaminado por intermédio de la Región Militar (RM) donde el requerente está registrado.

§ 3º La adquisición de armas de presión de uso permitido en el comercio será autorizada pela

RM responsable por el registro del requerente.

Art. 10. El fabricante, el comerciante o el importador deberá mantener, a la disposición de la

fiscalização militar, los siguientes datos del producto y del adquirente de armas de presión por acción de gas

comprimido, de uso permitido o restricto, así como de armas de presión por acción de mola de uso

restricto, por el plazo de 5 (cinco) años:

I – datos del producto: descripción, modelo (cuando disponible), fabricante, país de origen,

documento del Ejército que autorizó la adquisición y nº y fecha del CII para los productos importados.

II – datos del adquirente: nombre, dirección, copia del CPF o CNPJ y nº del registro (CR o

TR).

Art. 11. El adquirente de arma de presión por acción de gas comprimido deberá poseer en el

mínimo 18 (dieciocho) años de edad, de acuerdo con el dispuesto en el art. 81, I, de la Ley 8.069/90 (Estatuto de la

Niño y del Adolescente), bajo pena del comerciante incidir en el crimen previsto en el art. 242 de la misma ley.

Sección III

De la importación

Art. 12. La importación de arma de presión por acción de gas comprimido o por acción de

mola ocurrirá mediante las condiciones establecidas en la R-105 y legislación complementaria.

Boletín del Ejército nº 10, de 12 de marzo de 2010. - 41

Párrafo único. Las armas de presión por acción de gas comprimido, de uso permitido o

restricto, y las armas de presión por acción de mola de uso restricto, solamente podrán ser importadas por

personas naturales o jurídicas registradas en el Ejército.

Sección IV

Del tráfico

Art. 13. La guía de tráfico para el tráfico de armas de presión por acción de gas comprimido

y armas de presión por acción de mola de uso restricto, será necesaria en cualquier situación.

§1º Cuando tratarse de armas de presión por acción de mola de uso permitido, la guía de

tráfico solamente será exigida en la salida de la fábrica o punto de entrada en el País, conforme previsto en el art. 10

de la R-105;

§2º El portador de arma de presión por acción de mola de uso permitido deberá siempre

conducir comprovante del origen lícito del producto.

§3º La arma de presión por acción de gas comprimido o por acción de mola no podrá ser

conducida ostensivamente bajo pena de configurar infracción administrativa prevista en la R-105.

Art. 14. La guía de tráfico tendrá plazo y abrangência territorial en las mismas condiciones

previstas para los colecionadores, atiradores y cazadores.

Sección V

De la utilización

Art. 15. La utilización de armas de presión por acción de gas comprimido y de armas de

presión por acción de mola de uso restricto, para la práctica de tiro deportivo o recreativo, sólo puede ocurrir

en locales autorizados para el ejercicio de la actividad.

Art. 16. Los locales, tales como estandes y clubes, donde sean utilizadas armas de presión por

acción de gas comprimido y las armas de presión por acción de mola de uso restricto deben estar registrados.

Art. 17. Las armas de presión por acción de gas comprimido y las armas de presión por acción

de mola de uso restricto deben estar apostiladas en el registro del propietario.

Párrafo único. Las armas de presión por acción de mola de uso permitido de colecionador,

atirador o cazador deberán estar apostiladas en su registro.

Sección VI

De la identificación

Art. 18. Las armas de presión por acción de gas comprimido o por acción de mola tipo

airsoft
fabricadas en el País o importadas deben presentar una marcación en la extremidad del cano en el color naranja

fluorescente o rojo “vivo” a fin de las distinguís de las armas de fuego.

Capítulo IV

DE Las DISPOSICIONES FINALES

Art. 19. ES vedada la fabricación, la venta, la comercialização y la importación de armas de

juguete, en los términos del art. 26 de la Ley 10.826/03.

Art. 20 El propietario de arma de presión por acción de gas comprimido, de uso permitido

o restricto y de arma de presión por acción de mola de uso restricto, adquirida antes de la vigencia de estas

normas, debe obtener el registro en el Ejército para adequar-se al previsto en el § 1º del art. 9º de esta portaría.
__________________

MARINNERS ILHABELA PAINTBALL TEAM
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  #2 (permalink)  
Antiguo 13-Jul-2010, 02:05
Avatar de BlackA
Para vos "El Sr. BlackA"
 
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BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.BlackA comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.
Lamentablemente hacia rato que venia esto... había escuchado en noticieros, que en las fabelas manda a los guardias de los narcos con markers modeadas... y que la policía había detenido muchos conteiners con markers mil-sim en especial.
__________________
Cita:
Iniciado por Carlos G. Monti Ver Mensaje
jajajajaja si como gansos que armaron un foro y viven para este pobreeee jajajja
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  #3 (permalink)  
Antiguo 13-Jul-2010, 03:05
Avatar de marrow.-
Resucitando!!
 
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marrow.- Invocador del chamanmarrow.- Invocador del chamanmarrow.- Invocador del chamanmarrow.- Invocador del chamanmarrow.- Invocador del chamanmarrow.- Invocador del chamanmarrow.- Invocador del chamanmarrow.- Invocador del chamanmarrow.- Invocador del chamanmarrow.- Invocador del chamanmarrow.- Invocador del chaman
quizá muchos entienden y algunas cosas se les escape, así que traduci lo que pude y lo pase al castellano al cual podemos entenderlo mejor!
__________________

Para jugar Paintball en Brasil tienen que sacar portación de arma y formar parte del club de tiro.

El ejercito brasilero controla el paintball, es mucha "sacanagem" [alguien porfavor que traduzca esto..]

Una persona puede ser detenida por portación ilegal de arma si se lo agarra con un arma de paintball sin registro y al no tener documento de tirador.

Sigue la ley Brasilera sobre armas:
__________________________

Atención, etc ..


Es muy buena información la que aporta el estimado, y agradecemos que en Arg., todavía no se conoce ningún caso similar de robos con marcadoras! si no! agarremosnos!, de todas formas no sería nada extraño que el gob. de aca tome como ej. otros países e intente "evitarlo" .., no quiero opinar mucho mas del tema porque soy un ignorante de varias de las leyes! :P y creo que esto debería estar en manos de abogados o gente que sepa sobre las mismas para poder ir preparándonos ante cualq. cosa!, todo esto me lleva a una gran preg. ¿PUEDE PASAR ESTO EN ARG.?, ¿QUÉ IMPEDIRÍA QUE NO LO HAGAN? me gustaría me respondan los que mas estén sobre el tema .., ya se sabe hace tiempo que se viene hablando de LIMITAR el PAINTBALL en Arg., en el cual hay una campaña gracias a AAP y algunos otros que laburan por cuenta propia .., pero, ¿a qué hemos llegado hasta el momento?, si bien noto muchos Thread de campañas, etc. . no veo mucha información de lo que esta sucediendo, ¿ya se presento algo, cuándo se presentará y de que manera?, tantas preguntas ..

Ojala que acá no pase nada porque mas de uno se nos van a caer las lágrimas.., y disculpen mi ignorancia sobre el tema .., pero por eso mismo pregunto!, ¿a qué nivel estamos para poder decir que esto no va a pasar acá?, personalmente me gustaría recibir mas información .. y a varios seguro también, creo que si bien estamos todos de acuerdo en firmar cosas, etc.. saber lo que firmamos, bla!, creo que nos gustaría informarnos mas sobre lo que esta pasando.., se que algunas preg. ya han sido respondidas con el tiempo y en los foros .., pero hay otras que no, sería bueno las ya respondidas se adjunte a las otras y así la gente que también esta comenzando con el paintball se informe con todo junto.

reitero: disculpen mi ignorancia o quizá he buscado poco .., de todas formas deberían estar las respuestas frente a nuestros ojos y no las veo tan claras, después de la noticia del estimado .., realmente., me empiezo a preocupar y bastante .., preocupar me venía preocupando hace tiempo pero ahora creo tiemblo en solo pensar que se poco de los que esta pasando, me gustaría que alguien pueda responder a todo esto!

Última edición por marrow.-; 13-Jul-2010 a las 03:16
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  #4 (permalink)  
Antiguo 13-Jul-2010, 03:15
Avatar de fenix_
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fenix_ es un GROSSOfenix_ es un GROSSOfenix_ es un GROSSOfenix_ es un GROSSOfenix_ es un GROSSOfenix_ es un GROSSOfenix_ es un GROSSOfenix_ es un GROSSOfenix_ es un GROSSOfenix_ es un GROSSOfenix_ es un GROSSO
es algo paresido a lo queiren hacer aca.. el proyecto de ley aca en argentina muchos lo toman a la joda... espero se asi y no llegue nunca a concretarse aca en argentina.. sino chau para muchos.... yo personalmente me inicie en el paintball porque me gusta mucho lo belico y las armas... y esto es lo mas paresido que puedo obtener por el momento ... ya que ser legitimo usuario, y practicar tiro es medio "tedioso" en este pais (grax blumberg). en fin.. espero JAMAS llegue aca a argentina este modo de control para el paintball. saludos desde mardel!!

pd: marinner... venite para argentina a tirarte unos tiros!! que te va a ser mas facil tramitar el pasaporte que conseguir el permiso patra jugaaR!! :P
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  #5 (permalink)  
Antiguo 13-Jul-2010, 04:18
Avatar de Ru$o
bravo 5/ fusion speedball
 
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Ru$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arteRu$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arteRu$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arteRu$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arteRu$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arteRu$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arteRu$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arteRu$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arteRu$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arteRu$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arteRu$o Cuando tira un pellet con la marker, tira una obra de arte
q garron che... espero q no nos pase a nosotros...
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  #6 (permalink)  
Antiguo 13-Jul-2010, 08:14
Avatar de CHINO
CHINO CDM
 
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CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.CHINO comio churros,  planto la bandera y gano un premio en el sorteo del cam10! es mas hasta tiene el dvd.
Que bajon, toquemos madera.
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Avatar de Kayser Sozë
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Kayser Sozë Invocador del chamanKayser Sozë Invocador del chamanKayser Sozë Invocador del chamanKayser Sozë Invocador del chamanKayser Sozë Invocador del chamanKayser Sozë Invocador del chamanKayser Sozë Invocador del chamanKayser Sozë Invocador del chamanKayser Sozë Invocador del chamanKayser Sozë Invocador del chamanKayser Sozë Invocador del chaman
no la van a nombrar arma a una marcadora, el dictamen del renar lo indica bien por que no es considerada un arma
pasa lo mismo con los aire comprimido, hoy en dia tenes los de la marca gamo con mucha potencia y son de venta libre
__________________
The Usual Suspects
Reservas & Info al Movil 1536882974 - Linea 35260811 -1533879911 - aceptamos todas las tarjetas de Credito y Debito
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Avatar de juegosdeguerra
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juegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gainesjuegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gainesjuegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gainesjuegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gainesjuegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gainesjuegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gainesjuegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gainesjuegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gainesjuegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gainesjuegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gainesjuegosdeguerra Le enseño a jugar a Hayes Noel y a Charles Gaines
por que alguien no le manda un mail a thaisa de brasil para corroborar la veracidad de este tema?
y cortamos con las especulaciones..no?
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El usuario juegosdeguerra fué agradecido por este Mensaje:
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Antiguo 13-Jul-2010, 11:25
Avatar de Solid
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Solid Viajo en mula para recuperar la garrafa de battoSolid Viajo en mula para recuperar la garrafa de battoSolid Viajo en mula para recuperar la garrafa de battoSolid Viajo en mula para recuperar la garrafa de battoSolid Viajo en mula para recuperar la garrafa de battoSolid Viajo en mula para recuperar la garrafa de battoSolid Viajo en mula para recuperar la garrafa de battoSolid Viajo en mula para recuperar la garrafa de battoSolid Viajo en mula para recuperar la garrafa de battoSolid Viajo en mula para recuperar la garrafa de battoSolid Viajo en mula para recuperar la garrafa de batto
Arrow

Palabra de dificil para definir lo que quiere decir..
Creo que sacanagem es algo asi como maldad , algo hecho de mala fe....segun en el contexto que se use significaria una travesura , broma pesada , o en sexo algo "chanchito" o en otro contexto seria buen sexo
Traido a nuestro idioma seria algo asi como guacho ...una guachada ...jajaja.

Conclusion , YO , interpreto .... que es algo muy MALO que el ejercito controle el paintball
__________________

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Antiguo 13-Jul-2010, 11:37
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jalito27 está como Adán
Lo que dice el amigo carioca es verdad, en GW10 estuve hablando con los brasileros que habian venido y me lo comentaban, despues lo corrobore cuando le quice mandar a mi hermano brasilero la Alpha Bravo para que la hiciera plata alla (todo lo que sea milsim lo estan cobrando dos veces lo que vale).

Esperemos que los cabezas frescas de por aca no se pongan en rompe bolas y que no lleguemos a estas trabas.

See you soon
__________________
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